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Eximen del pago de la Tasa por Servicios Generales a jubilados y pensionados.

Eximen del pago de la Tasa por Servicios Generales a jubilados y pensionados.

  • 26 de abril, 2013

Lo informó la Secretaría de Economía y Hacienda de Tres de Febrero, a través de la Dirección de Administración de Ingresos Públicos.  Te informamos los requisitos.

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La Secretaría de Economía y Hacienda de Tres de Febrero, a través de la Dirección de Administración de Ingresos Públicos, informa sobre la eximición del pago de la TASA POR SERVICIOS GENERALES a jubilados y pensionados.

 

Requisitos para acceder al beneficio:

A - Ser titular de la vivienda única, de ocupación permanente y personal, cuya superficie no supere los 120 m2, cubiertos, y no posea local. B - Que perciban jubilaciones y/o pensiones NO superiores a $ 4.700 entre ambos cónyuges. C - No arrendar a terceros, total o parcialmente la vivienda. D - No poseer ningún otro bien, mueble ó inmueble, que esté sujeto a tasas o impuestos.

E - No percibir pensión ni ningún otro ingreso de su país de origen.

Los extranjeros deberán presentar comprobante del consulado de dicho país.

F - Los datos consignados en la presente solicitud serán el fiel reflejo de la verdad.

G - Los trámites son únicamente personales.

Si se efectúa este trámite por PRIMERA VEZ, debe presentarse lo siguiente: A - Fotocopia de Plano y Escritura de la propiedad. B - 3 Recibos municipales año 2012.

C- Recibo de jubilación y/o pensión de enero o febrero de 2012.

D - Comprobante de ANSES, de Jubilación (figurando que no percibe pensión) o de Pensión (figurando que no cobre jubilación). E - Extranjeros: Comprobante del Consulado de su país. F - Documento de identidad (D.N.l., L.E. o L.C.)

Los trámites se realizarán desde el mes de Junio hasta el mes de Agosto de 2013, de lunes a viernes, en el entrepiso del edificio municipal, Alberdi 4840, Caseros.

 

Si se realiza la RENOVACION, presentar:

A - 3 Recibos municipales año 2012.

B- 1 Recibo Municipal eximido año 2011. C- Recibo de jubilación y/o pensión de enero o febrero de 2012. D - Comprobante de ANSES, de Jubilación (figurando que no percibe pensión)  o de Pensión (figurando que no cobre jubilación). E - Extranjeros: Comprobante del Consulado de su país. F - Documento de identidad (D.N.l., L.E. o L.C.)

Los trámites se realizarán, también en este caso, hasta el mes de Agosto de 2013, en el entrepiso del edificio municipal, Alberdi 4840, Caseros.


 

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