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Petitorio a la Municipalidad de Tres de Febrero:  Desmonte de antena de telefonía móvil

Petitorio a la Municipalidad de Tres de Febrero: Desmonte de antena de telefonía móvil

  • 7 de enero, 2014

La información volcada en los Foros Temáticos es responsabilidad de quien realiza la publicación. Interactúo no se responsabiliza por el contenido de la sección "De los vecinos"

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A quien corresponda somos vecinos de la localidad de Martin Coronado con grave preocupación y urgencia, nos dirigimos a usted a fin de DENUNCIAR EL ESTABLECIMIENTO DE UNA ANTENA DE TELEFONIA MOVIL, EN EL PREDIO DE UNA VIVIENDA SITA EN LA MANZANA UBICADA ENTRE LAS CALLES AZOPARDO, JUAN PABLO SEGUNDO, HOLANDA Y AVDA. MARQUEZ; SOLICITANDO EL INMEDIATO DESMONTE Y DESMANTELAMIENTO DE LA MISMA.

Dicha antena ha aparecido, para sorpresa de todos los vecinos hace un par de semanas, tratándose de una Antena de telefonía celular, sabido es que las mismas emiten ondas electromagnéticas que pasan por el cuerpo humano y esto provoca disturbios en la salud.

Asi es que la propia OMS ha manifestado que no es prudente colocarlas hasta 500 mts., de lugares donde viven niños y ancianos, ya que estos son los más afectados por la exposición continua a esas ondas.

Los efectos de la radiación primafacie, no se pueden ver ni sentir, pero en general las investigaciones científicas han demostrado que la población expuesta en forma continuada a niveles de radiaciones similares a los emitidos por las antenas de telefonía móvil, podrían experimentar un incremento de:

*Abortos;
*Daños en el ADN;
*Cambios en la actividad del cerebro y en la presión sanguínea;
*Descenso de los niveles de melatonina;
*Depresión;
*Insomnio,;
*Dolores de cabeza;
*Síndrome de fatiga crónica;
*Afección al sistema inmunológico;
*Cáncer;
*Tumores cerebrales y Leucemia infantil.

También es indiscutible el efecto sobre el valor de la propiedad inmobiliaria, pues quien querra comprar una propiedad asechada por semejante peligro???.

La instalación de antenas debe hacerse de un modo ordenado y anteponiendo el derecho a la salud de los ciudadanos, por sobre el derecho a la comunicación, como se está haciendo en otras partes del mundo.

Además debe observarse el PRINCIPIO PRECAUTORIO que impone el derecho ambiental, que determina que aunque no haya certeza de un efecto negativo sobre el medio ambiente, la sola existencia del potencial peligro de causar un daño grave o irreversible es justificativo para tomar medidas que impliquen la aplicación de restricciones o prohibiciones a las actividades presumiblemente riesgosa.

Como vera no solo hablamos de UN MERO DAÑO PATRIMONIAL , SINO DE DAÑO AMBIENTAL Y AUN MAS GRAVE, DE DAÑO DIRECTO EN LA SALUD DE UNA COMUNIDAD INTEGRADA EN GRAN NUMERO POR NIÑOS Y ANCIANOS.

La realidad imperante y las necesidades económicas han llevado a varios VECINOS a lo largo del conurbano bonaerense a aceptar la instalación de estas Antenas en su propiedad a cambio de tentadoras sumas de dinero, sin embargo el derecho de uno termina donde comienza el de los demás, es así que NO SE PUEDE SUBORDINAR LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CIUDADANOS A INTERESES ECONOMICOS PARTICULARES.

Siendo que es competencia de los Municipios intervenir a priori en estas situaciones, y entendiendo su preocupación por resolver los problemas de la comuna que dirige, confiamos plenamente en que su intervención personal termine de manera urgente con esta grave situación, ordenando la desconexión y el inmediato desmantelamiento de esta estructura de transmisión, prohibiendo su restablecimiento y reconexión en la zona.

A la espera de una pronta respuesta, le saludamos atte.

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